Trabajo a distancia: modelo de contrato unilateral, prestaciones FOGASA para extranjeros con TIE caducada y validez de solicitud de explicaciones por email como audiencia previa al despido disciplinario.
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00:00:00: Bienvenidos a los podcast de actualidad jurídica de Lefebre, donde nuestro equipo de redactores te brindará un análisis práctico y riguroso de la actualidad jurídica.
00:00:10: Hoy, doce de enero, en el ámbito laboral, nos centramos en el trabajo a distancia, con especial atención a la elaboración unilateral por la empresa del modelo de contrato de teletrabajo.
00:00:21: Además abordaremos el derecho a las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial de los Trabajadores Extranjeros en situación irregular con la TIE caducada.
00:00:29: Por último, comentaremos si una solicitud al trabajador por correo electrónico de explicaciones sobre sus ausencias cumple el requisito de audiencia previa al despido disciplinario.
00:00:39: Comenzamos.
00:00:42: Nos preguntamos, ¿es posible que una empresa establezca unilateralmente un modelo de acuerdo de teletrabajo y una política de desconexión digital?
00:00:51: La respuesta es sí, siempre y cuando se respeten las previsiones legales y convencionales.
00:00:56: Este acuerdo debe ser individual, como reflejo del principio de voluntariedad.
00:01:01: por lo que no puede ser reemplazado por un pacto o convenio colectivo.
00:01:05: En lo que respecta a la política de desconexión digital, la ley exige que se elabore previa audiencia a los representantes legales de los trabajadores y cumpliendo las exigencias legales y convencionales, pero no obliga a negociarla.
00:01:20: Pasamos ahora a la siguiente cuestión.
00:01:23: ¿Puede un trabajador extranjero en situación irregular en España con la tarjeta de identidad de extranjero caducada acceder a las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial?
00:01:33: En un caso reciente, un repartidor extranjero en situación irregular fue despedido y el juzgado de lo social le otorgó una indemnización y salarios de trámite.
00:01:43: Tras la insolvencia de la empresa, el trabajador solicitó las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial, pero su solicitud fue rechazada por tener la tía caducada.
00:01:52: Ahora el Tribunal Supremo ha determinado que la caducidad de la TIE no es motivo para negar las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial, ya que no existe una norma legal que exija su vigencia para acceder a estas prestaciones, y la finalidad de presentarla es solo comprobar la identidad del trabajador.
00:02:09: Por lo tanto, si no hay dudas sobre esta y todos los documentos necesarios están presentes, la caducidad de la TIE es un mero defecto formal que no justifica el rechazo de las prestaciones.
00:02:21: Esta semana, en forma de píldoras de actualidad, comentamos la siguiente novedad.
00:02:26: El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha considerado que un correo electrónico a la cuenta personal de un trabajador, solicitando explicaciones sobre sus ausencias, no cumple con el requisito de audiencia previa al despido.
00:02:40: La empresa debe asegurarse de que el trabajador ha recibido el correo y tiene conocimiento de su derecho a formular alegaciones.
00:02:47: En este caso, el despido fue considerado improcedente al no poder acreditar la empresa que el trabajador hubiera leído dicho correo, máxime teniendo en cuenta que fue remitido a una cuenta particular, no a un correo corporativo.
00:02:59: Y con esto, finalizamos nuestro podcast de hoy.
00:03:02: Esperamos que la información proporcionada haya sido de utilidad y les esperamos en nuestra próxima edición.
00:03:08: Hasta la próxima.
00:03:09: Recuerde que puede encontrar un análisis detallado de estas y otras novedades en la edición del Memento Social, dos mil veinticinada.
00:03:17: Muchas gracias por acompañarnos en este episodio de los podcast de actualidad legal del EFEBRE.
00:03:22: Esperamos que hayas disfrutado de nuestro análisis y que te haya proporcionado una visión clara de la actualidad jurídica.
00:03:28: Nos vemos en el próximo episodio.
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